Código federal

Artículo 299 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 299.- En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones, o por el de las personas, excluyendo al progenitor.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 299 del Código Civil Federal se refiere a cómo se cuentan los grados de parentesco en la línea recta. Esta línea se refiere a la relación directa entre personas, como padres e hijos, abuelos y nietos, etc.

Los grados se determinan por el número de generaciones que hay entre las personas. Es importante destacar que al contar estos grados, se excluye al progenitor, es decir, no se cuenta a la persona que está en la posición más alta de la línea de parentesco.

  • Los grados se cuentan por generaciones.
  • Se excluye al progenitor en el conteo.
  • Aplica a relaciones directas, como padres e hijos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 299 de Código Civil Federal?

En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones, o por el de las personas, excluyendo al progenitor.

¿Está vigente el artículo 299?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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