Código federal

Artículo 3003 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 3003.- Los encargados y los empleados del Registro Público, además de las penas que les sean aplicables por los delitos en que puedan incurrir, responderán civilmente de los daños y perjuicios a que dieren lugar, cuando:

I. Rehúsen admitir el título, o si no practican el asiento de presentación por el orden de entrada del documento o del aviso a que se refiere el artículo 3016;

II. Practiquen algún asiento indebidamente o rehúsen practicarlo sin motivo fundado;

III. Retarden, sin causa justificada, la práctica del asiento a que dé lugar el documento inscribible;

IV. Cometan errores, inexactitudes u omisiones en los asientos que practiquen o en los certificados que expidan; y V. No expidan los certificados en el término reglamentario.

Artículo reformado DOF 18-01-1952, 03-01-1979

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 3003 del Código Civil Federal establece que los encargados y empleados del Registro Público tienen responsabilidades específicas. Además de las sanciones penales que puedan enfrentar por delitos, también son responsables de los daños que causen en ciertas situaciones.

Las circunstancias en las que pueden ser responsables incluyen:

  • Rechazar la admisión de un título o no registrar un documento en el orden correcto.
  • Realizar asientos incorrectos o negarse a hacerlos sin una razón válida.
  • Retrasar la práctica del asiento sin una causa justificada.
  • Cometer errores, inexactitudes u omisiones en los registros o certificados.
  • No expedir los certificados dentro del plazo establecido.

Estas disposiciones buscan asegurar que el Registro Público funcione de manera eficiente y precisa, protegiendo así los derechos de los ciudadanos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 3003 de Código Civil Federal?

Los encargados y los empleados del Registro Público, además de las penas que les sean aplicables por los delitos en que puedan incurrir, responderán civilmente de los daños y perjuicios a que dieren lugar, cuando: I.…

¿Está vigente el artículo 3003?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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