Artículo 34 de Código Civil Federal
Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 34.- Se tiene derecho de designar un domicilio convencional para el cumplimiento de determinadas obligaciones.
TITULO CUARTO Del Registro Civil CAPITULO I Disposiciones Generales
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.