Código federal

Artículo 389 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 389.- El hijo reconocido por el padre, por la madre, o por ambos tiene derecho:

I. A llevar el apellido paterno de sus progenitores, o ambos apellidos del que lo reconozca;

Fracción reformada DOF 30-12-1975 II. A ser alimentado por las personas que lo reconozcan;

Fracción reformada DOF 30-12-1975 III. A percibir la porción hereditaria y los alimentos que fije la Ley.

CAPITULO V De la Adopción SECCIÓN PRIMERA Disposiciones generales Sección adicionada DOF 28-05-1998

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 389 del Código Civil Federal establece los derechos de un hijo que ha sido reconocido por uno o ambos progenitores. Estos derechos son fundamentales para garantizar su bienestar y protección legal.

  • Apellido: El hijo tiene derecho a llevar el apellido del padre, de la madre, o ambos apellidos del progenitor que lo reconozca.
  • Alimentos: Tiene derecho a recibir alimentos de las personas que lo reconozcan, lo que implica apoyo económico y sustento.
  • Herencia: El hijo puede recibir una porción hereditaria y los alimentos que la ley determine.

Estos derechos son esenciales para asegurar que el hijo tenga una relación legal y de apoyo con sus progenitores, contribuyendo a su desarrollo y bienestar integral.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 389 de Código Civil Federal?

El artículo 389 del Código Civil Federal establece los derechos de un hijo que ha sido reconocido por uno o ambos progenitores. Estos derechos son fundamentales para garantizar su bienestar y protección legal. Apellido: El hijo tiene derecho a llevar el apellido del padre, de la…

¿Está vigente el artículo 389?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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