Código federal

Artículo 408 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 408. Se deroga.

Artículo derogado DOF 08-04-2013

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 408 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal y no se aplica en la actualidad. La derogación fue oficializada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 2013. Esto implica que cualquier norma o disposición que contenía este artículo ya no es relevante y no se puede invocar en situaciones legales.

  • El artículo 408 ya no es parte del Código Civil Federal.
  • Su derogación fue publicada en 2013.
  • No se puede utilizar en ningún contexto legal actual.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 408 de Código Civil Federal?

Se deroga. Artículo derogado DOF 08-04-2013

¿Está vigente el artículo 408?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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