El artículo 499 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no está en vigor y no tiene efectos legales. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han dejado de aplicarse y, por lo tanto, no se pueden invocar en ningún procedimiento legal.
Es importante tener en cuenta que la derogación puede ser parte de un proceso de actualización de la ley, donde se eliminan normas que ya no son relevantes o que han sido reemplazadas por nuevas disposiciones. En este caso, la derogación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2019.
- El artículo 499 ya no es aplicable.
- Su derogación fue oficializada en 2019.
- Las normas derogadas no pueden ser invocadas legalmente.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.