Código federal

Artículo 606 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 606.- La tutela se extingue:

I. Por la muerte del pupilo o porque desaparezca su incapacidad;

II. Cuando el incapacitado, sujeto a tutela entre a la patria potestad por reconocimiento o por adopción.

CAPITULO XIII De la Entrega de los Bienes Fe de erratas a la numeración del Capítulo DOF 21-12-1928

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La tutela es una figura legal que se establece para proteger a personas que no pueden cuidar de sí mismas, como los menores de edad o personas con discapacidad. El artículo 606 del Código Civil Federal menciona las circunstancias bajo las cuales la tutela se extingue.

  • La tutela termina por la muerte del pupilo o si este recupera su capacidad.
  • También se extingue si la persona bajo tutela entra a la patria potestad, ya sea por reconocimiento o adopción.

Estos puntos son importantes para entender cómo se regula la protección de personas que requieren apoyo legal en su vida cotidiana.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 606 de Código Civil Federal?

La tutela se extingue: I. Por la muerte del pupilo o porque desaparezca su incapacidad; II. Cuando el incapacitado, sujeto a tutela entre a la patria potestad por reconocimiento o por adopción. CAPITULO XIII De la…

¿Está vigente el artículo 606?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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