El Artículo 641 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el ordenamiento jurídico mexicano. La derogación se formalizó el 3 de junio de 2019, lo que implica que cualquier disposición que contenía este artículo ya no es vigente.
Es importante tener en cuenta que la derogación de un artículo puede ser parte de un proceso de actualización de la ley, donde se busca mejorar o simplificar el marco legal. En este caso, el artículo había sido reformado anteriormente el 28 de enero de 1970, pero su contenido ya no es relevante.
- El artículo ha sido derogado.
- La derogación se hizo efectiva el 3 de junio de 2019.
- El artículo había sido reformado el 28 de enero de 1970.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.