El artículo 687 del Código Civil Federal se refiere a la responsabilidad de los herederos en la administración de los bienes heredados. Cuando se menciona el "caso del artículo 682", se hace alusión a situaciones específicas sobre la herencia y la administración de los bienes que forman parte de ella.
En este contexto, cada heredero debe proporcionar una garantía que corresponda a la parte de los bienes que le toca administrar. Esto significa que, si un heredero se encarga de ciertos bienes, debe asegurar que cumplirá con su responsabilidad respecto a esos bienes, protegiendo así los intereses de los demás herederos.
- Los herederos administran bienes heredados.
- Cada uno debe dar una garantía por su parte.
- La garantía protege a los demás herederos.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.