Código federal

Artículo 689 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 689.- Los legatarios, los donatarios y todos los que tengan sobre los bienes del ausente derechos que dependan de la muerte o presencia de éste, podrán ejercitarlos, dando la garantía que corresponda, según el artículo 528.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 689 del Código Civil Federal se refiere a los derechos que tienen ciertas personas sobre los bienes de una persona ausente, es decir, que no se encuentra presente. Estas personas incluyen a los legatarios, que son quienes reciben un legado; los donatarios, que son quienes reciben una donación; y cualquier otra persona que tenga derechos sobre los bienes del ausente que dependan de su muerte o de su regreso.

Para poder ejercer estos derechos, es necesario que estas personas proporcionen una garantía, conforme a lo que se establece en el artículo 528 del mismo código. Esto asegura que se protejan los intereses de todas las partes involucradas en la situación.

  • Legatarios y donatarios tienen derechos sobre bienes de ausentes.
  • Los derechos dependen de la muerte o presencia del ausente.
  • Se requiere una garantía para ejercer dichos derechos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 689 de Código Civil Federal?

Los legatarios, los donatarios y todos los que tengan sobre los bienes del ausente derechos que dependan de la muerte o presencia de éste, podrán ejercitarlos, dando la garantía que corresponda, según el artículo 528.

¿Está vigente el artículo 689?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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