El artículo 752 del Código Civil Federal menciona que los bienes pueden clasificarse como muebles. Esta clasificación puede deberse a su naturaleza, es decir, a las características físicas de los bienes, o a lo que la ley establece al respecto.
- Bienes muebles por naturaleza: Son aquellos que pueden ser trasladados de un lugar a otro sin que se altere su esencia.
- Bienes muebles por disposición de la ley: Son aquellos que, aunque no sean muebles por su naturaleza, la ley los considera como tales por razones específicas.
Esta clasificación es importante para determinar cómo se manejan legalmente los bienes en diversas situaciones, como en contratos o en casos de propiedad.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.