Código federal

Artículo 843 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 843.- Nadie puede edificar ni plantar cerca de las plazas fuertes, fortalezas y edificios públicos, sino sujetándose a las condiciones exigidas en los reglamentos especiales de la materia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 843 del Código Civil Federal establece que no se permite construir ni plantar cerca de plazas fuertes, fortalezas y edificios públicos. Esta prohibición busca proteger la integridad y el uso adecuado de estos espacios importantes para la seguridad y el orden público.

Para llevar a cabo cualquier edificación o plantación en estas áreas, es necesario cumplir con las condiciones que se establecen en los reglamentos especiales correspondientes. Esto asegura que las construcciones no interfieran con la función y la seguridad de las instalaciones públicas.

  • No se puede edificar cerca de plazas fuertes, fortalezas y edificios públicos.
  • Es necesario seguir las condiciones de los reglamentos especiales.
  • La norma busca proteger la seguridad y el orden público.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 843 de Código Civil Federal?

Nadie puede edificar ni plantar cerca de las plazas fuertes, fortalezas y edificios públicos, sino sujetándose a las condiciones exigidas en los reglamentos especiales de la materia.

¿Está vigente el artículo 843?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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