Código federal

Artículo 850 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 850.- Sin embargo de lo dispuesto en el artículo anterior, el dueño de la finca o propiedad contigua a la pared en que estuvieren abiertas las ventanas o huecos, podrá construir pared contigua a ella, o si adquiere la copropiedad, apoyarse en la misma pared, aunque de uno u otro modo, cubra los huecos o ventanas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 850 del Código Civil Federal se refiere a los derechos del propietario de una finca o propiedad que está junto a una pared donde hay ventanas o huecos. Este propietario tiene la posibilidad de construir una pared adyacente a la existente. Además, si llega a ser copropietario de la pared, puede apoyarse en ella, incluso si esto significa cubrir las ventanas o huecos que ya están abiertos.

  • El dueño de la propiedad contigua puede construir una pared junto a la existente.
  • Si adquiere copropiedad de la pared, puede apoyarse en ella.
  • Esta acción puede resultar en la cobertura de ventanas o huecos existentes.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 850 de Código Civil Federal?

Sin embargo de lo dispuesto en el artículo anterior, el dueño de la finca o propiedad contigua a la pared en que estuvieren abiertas las ventanas o huecos, podrá construir pared contigua a ella, o si adquiere la…

¿Está vigente el artículo 850?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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