Código federal

Artículo 864 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 864.- La acción para pedir la reparación prescribe a los treinta días, contados desde la fecha en que se causó el daño.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 864 del Código Civil Federal establece que la acción para solicitar la reparación de un daño tiene un plazo de prescripción de treinta días. Esto significa que, si una persona sufre un daño y desea reclamar una compensación, debe hacerlo dentro de ese periodo de tiempo.

Es importante tener en cuenta que el plazo comienza a contarse desde el momento en que ocurrió el daño. Si no se presenta la solicitud de reparación dentro de esos treinta días, se pierde el derecho a reclamar.

  • Plazo de prescripción: 30 días.
  • Inicio del conteo: desde que se causó el daño.
  • Consecuencia de no reclamar a tiempo: pérdida del derecho a la reparación.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 864 de Código Civil Federal?

La acción para pedir la reparación prescribe a los treinta días, contados desde la fecha en que se causó el daño.

¿Está vigente el artículo 864?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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