Código federal

Artículo 932 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 932.- La mala fe en los casos de mezcla o confusión se calificará conforme a lo dispuesto en los artículos 904 y 905.

CAPITULO V Del dominio de las aguas

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 932 del Código Civil Federal se refiere a la mala fe en situaciones de mezcla o confusión de bienes. La mala fe implica actuar de manera deshonesta o con intención de perjudicar a otro. Este artículo indica que la forma en que se califica la mala fe en estos casos se basa en lo que establecen los artículos 904 y 905 del mismo código.

Es importante entender que la mezcla o confusión de bienes puede generar complicaciones legales, y la mala fe puede influir en cómo se resuelven esos problemas. A continuación, algunos puntos clave:

  • La mala fe se relaciona con la intención detrás de las acciones de las personas.
  • Los artículos 904 y 905 proporcionan criterios específicos para calificar la mala fe.
  • Este artículo se encuentra en el contexto de las normas sobre el dominio de las aguas.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 932 de Código Civil Federal?

La mala fe en los casos de mezcla o confusión se calificará conforme a lo dispuesto en los artículos 904 y 905. CAPITULO V Del dominio de las aguas

¿Está vigente el artículo 932?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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