Artículo 432 de Código Civil para el Distrito Federal
Código Civil para el Distrito Federal · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 432.- La renuncia del usufructo hecha en favor de la hija o hijo, se considera como donación.
(REFORMADO, G.O. 28 DE JUNIO DE 2024)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.