Código Civil estatal

Artículo 624 de Código Civil para el Distrito Federal

Código Civil para el Distrito Federal · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 624.- Designarán por sí mismos al curador, con aprobación judicial:

I.- Los comprendidos en el artículo 496, observándose lo que allí se dispone respecto de esos nombramientos;

II.- (DEROGADA, G.O. 26 DE FEBRERO DE 2021)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 624 de Código Civil para el Distrito Federal?

Designarán por sí mismos al curador, con aprobación judicial: I.- Los comprendidos en el artículo 496, observándose lo que allí se dispone respecto de esos nombramientos; II.- (DEROGADA, G.O. 26 DE FEBRERO DE 2021)

¿Está vigente el artículo 624?

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