Artículo 1481 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 1481. La reparación y reconstrucción de las paredes de propiedad común y el mantenimiento de los vallados, setos vivos, zanjas y acequias también comunes, se costearán, proporcionalmente, por todos los dueños que tengan a su favor la medianería.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.