Artículo 1493 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 1493. Ningún copropietario puede, sin consentimiento del otro, abrir ventana ni hueco alguno en pared común.
SUBSECCIÓN SEGUNDA DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.