Artículo 2183 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 2183. Si el objeto, fin o motivo de un negocio jurídico, es ilícito por una causa común a las partes, ninguna de ellas tendrá acción para reclamar el cumplimiento de las obligaciones creadas en su favor, ni la devolución de lo que haya dado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.