Artículo 2321 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 2321. Será nulo el pacto que exima al que enajena de responder por la evicción, si hubiere mala fe de parte suya.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.