Artículo 2600 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 2600. La quita hecha por uno de los acreedores solidarios, extingue la obligación para todos los demás hasta el importe de la quita.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.