Artículo 2988 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 2988. El secuestro es el depósito de un bien litigioso hasta que se decida a quién debe entregarse.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.