Artículo 3189 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 3189. La ley no concede acción para reclamar lo que se gana en juego prohibido.
El Código Penal señalará cuales son los juegos prohibidos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.