Artículo 3246 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 3246. Si la fianza se otorgó para garantizar una obligación facultativa, el fiador podrá hacer el pago cumpliendo cualquiera de las prestaciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.