Artículo 3341 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 3341. Si se constituye prenda por el propietario aparente, será nula si existe mala fe por ambas partes. Cuando exista buena fe en el acreedor prendario la prenda será válida.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.