Artículo 35 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 35. Son atributos de las personas físicas:
I. La capacidad.
II. El nombre.
III. El domicilio.
IV. La nacionalidad.
V. El estado civil.
VI. El patrimonio.
VII. Los derechos de la personalidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.