Artículo 1173 de Código Civil para el Estado de Colima — Colima
Código Civil para el Estado de Colima — Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 1173.- Los meses se regularán con el número de días que les correspondan.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.