Artículo 1797 de Código Civil para el Estado de Colima
Código Civil para el Estado de Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 1797.- La ratificación pura y simple del dueño del negocio, produce todo los efectos de un mandato. La ratificación tiene efecto retroactivo al día en que la gestión principió.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.