Artículo 1066 de Código Civil para el Estado de Guanajuato
Código Civil para el Estado de Guanajuato · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 1066. Son gastos útiles aquellos que, sin ser necesarios, aumentan el precio o producto de la cosa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.