Artículo 1326 de Código Civil para el Estado de Guanajuato
Código Civil para el Estado de Guanajuato · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 1326. El contrato de ejecución continuada es aquél cuya vigencia tiene una cierta duración, de tal manera que ambas partes o una de ellas van cumpliendo sus obligaciones o ejercitando sus derechos a través de cierto tiempo.
Cláusulas que pueden contener los contratos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.