Artículo 2382 de Código Civil para el Estado de Guanajuato
Código Civil para el Estado de Guanajuato · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2382. El derecho que da la prenda al acreedor se extiende a todos los accesorios de la cosa y a todos los aumentos de ella.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.