Artículo 2690 de Código Civil para el Estado de Guanajuato
Código Civil para el Estado de Guanajuato · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2690. Si el testador ignoraba que la cosa legada era ajena, es nulo el legado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.