Artículo 326 de Código Civil para el Estado de Guanajuato
Código Civil para el Estado de Guanajuato · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 326. La tolerancia en la corrupción que da derecho a pedir el divorcio por la causa señalada en la fracción V del artículo 323, debe consistir en actos positivos y no en simples omisiones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.