Artículo 1935 de Código Civil para el Estado de Hidalgo
Código Civil para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 1935.- Es obligación a plazo aquélla para cuyo cumplimiento se ha señalado un día cierto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.