Artículo 1052 de Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1052. Si el tercero a quien se enajene la cosa la adquiere de buena fe, sólo podrá reivindicarse si la enajenación se hizo a título gratuito.
125 Artículo 1053. El que de buena fe hubiere aceptado un pago indebido de cosa cierta y determinada, sólo responderá de los menoscabos o pérdida de esta y de sus accesiones, en cuanto por ello se hubiere enriquecido. Si lo hubiere enajenado, restituirá el precio o cederá la acción para hacerlo efectivo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.