Artículo 1173 de Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1173. Sólo por consentimiento de todos los acreedores puede emitirse la obligación indivisible o hacerse una quita de ello.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.