Código Civil estatal

Artículo 1332 de Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1332. La acción concedida al acreedor, en los artículos anteriores, contra el primer adquirente, no procede contra tercero poseedor sino cuando éste ha adquirido de mala fe.

158 Artículo 1333. Revocado el acto fraudulento del deudor, si hubiere habido enajenación de propiedades, éstas se devolverán por el que las adquirió de mala fe, con todos sus frutos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1332 de Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo?

La acción concedida al acreedor, en los artículos anteriores, contra el primer adquirente, no procede contra tercero poseedor sino cuando éste ha adquirido de mala fe. 158 Artículo 1333. Revocado el acto fraudulento del…

¿Está vigente el artículo 1332?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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