Artículo 1448 de Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1448. El vendedor está obligado:
I. A entregar al comprador la cosa vendida;
II. A garantir las calidades de la cosa; y, III. A prestar la evicción.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.