Código Civil estatal

Artículo 22 de Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 22. Las incapacidades establecidas por la ley son sólo restricciones a la capacidad de ejercicio.

Son incapaces:

I. Los menores de edad; y, II. Las personas físicas que, siendo mayores de edad, presenten una perturbación, afección, alteración daño, que trastorne las capacidades y funciones de pensamiento, raciocinio y toma de decisiones, provocando que no puedan obligarse por sí mismas o manifestar su voluntad por algún medio.

Los incapaces podrán ejercer sus derechos y contraer obligaciones por medio de sus representantes.

(REFORMADA SU DENOMINACIÓN Y REUBICADO, P.O. 8 DE DICIEMBRE DE 2010)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 22 de Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Las incapacidades establecidas por la ley son sólo restricciones a la capacidad de ejercicio. Son incapaces: I. Los menores de edad; y, II. Las personas físicas que, siendo mayores de edad, presenten una perturbación,…

¿Está vigente el artículo 22?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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