Artículo 2700 de Código Civil para el Estado de Nayarit
Código Civil para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2700.- Para que en los casos enumerados en el artículo que precede pueda otorgarse testamento privado es necesario que al testador no le sea posible hacer testamento ológrafo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.