Artículo 182 de Código Civil para el Estado de Nuevo León
Código Civil para el Estado de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 182.- Son nulos los pactos que los esposos hicieren contra las leyes o los naturales fines del matrimonio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.