Artículo 2108 de Código Civil para el Estado de Nuevo León
Código Civil para el Estado de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2108.- La novación es un contrato, y como tal está sujeto a las disposiciones respectivas, salvo las modificaciones siguientes:
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.