Código Civil estatal

Artículo 2569 de Código Civil para el Estado de Nuevo León

Código Civil para el Estado de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Art. 2569.- La asamblea general resolverá:

I.- Sobre la admisión y exclusión de los asociados;

II.- Sobre la disolución anticipada de la asociación o sobre su prórroga por mas tiempo del fijado en los estatutos;

III.- Sobre el nombramiento de director o directores cuando no hayan sido nombrados en la escritura constitutiva;

IV.- Sobre la revocación de los nombramientos hechos;

V.- Sobre los demás asuntos que le encomienden los estatutos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 2569 de Código Civil para el Estado de Nuevo León a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2569 de Código Civil para el Estado de Nuevo León?

Art. 2569.- La asamblea general resolverá: I.- Sobre la admisión y exclusión de los asociados; II.- Sobre la disolución anticipada de la asociación o sobre su prórroga por mas tiempo del fijado en los estatutos; III.-…

¿Está vigente el artículo 2569?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.