Artículo 11 de Código Civil para el Estado de Oaxaca
Código Civil para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 11.- Las leyes del Estado de Oaxaca, incluyendo las que se refieren al estado y capacidad de las personas, se aplicarán a todos los habitantes del Estado ya sean nacionales o extranjeros, estén domiciliados en él o sean transeúntes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.