Artículo 1967 de Código Civil para el Estado de Oaxaca
Código Civil para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1967.- La entrega del título hecho al deudor hace presumir el pago de la deuda constante en aquél.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.