Artículo 2210 de Código Civil para el Estado de Oaxaca
Código Civil para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2210.- Pura es la donación que se otorga en términos absolutos, y condicional la que depende de algún acontecimiento incierto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.