Código Civil estatal

Artículo 2539 de Código Civil para el Estado de Oaxaca

Código Civil para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2539.- Los empresarios de transportes tienen la responsabilidad de los daños y perjuicios que con aquellos se ocasionen, aun cuando no sean ellos mismos los conductores, salvo su derecho contra éstos en caso que resulten culpables del daño.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2539 de Código Civil para el Estado de Oaxaca?

Los empresarios de transportes tienen la responsabilidad de los daños y perjuicios que con aquellos se ocasionen, aun cuando no sean ellos mismos los conductores, salvo su derecho contra éstos en caso que resulten…

¿Está vigente el artículo 2539?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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