Artículo 2924 de Código Civil para el Estado de Oaxaca
Código Civil para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2924.- La inmatriculación es la inscripción de la propiedad o posesión de un inmueble en el Instituto de la Función Registral, que carece de antecedentes registrales (ADICIONADO, P.O. 20 DE ABRIL DE 2001)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.