Artículo 1044 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1044.- El cargo de tutor de la persona que tiene alguna incapacidad señalada en el artículo 529 y de los que sufren alteraciones en su conducta por su dependencia con sustancias que producen ese resultado, durará el tiempo que subsista la interdicción, cuando el cargo sea desempeñado por los descendientes o por los ascendientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.